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martes, 19 de marzo de 2013

Para ser un buen gerente.....

 

DIEZ EXPRESIONES QUE HACEN SENTIR BIEN A LA GENTE



 
 
Las personas que se sienten a gusto consigo mismas y con su trabajo hacen aportes notables a la empresa. Si trabajan para usted, con usted o cerca de usted, lo impulsarán con su ímpetu. decir cosas agradables hace sentir bien a la gente. pero debe ser absolutamente sincero. practique y recuerde lo siguiente:

 

  1. "Por favor"

  2. "Gracias"

  3. "Presentar a alguien por su nombre completo a un superior."

  4. "Este trabajo estuvo magnífico"

  5. "Aprecio  mucho su esfuerzo."

  6. "De usted solamente escucho cosas buenas"

  7. "Me alegro de tenerlo(a) en el equipo de trabajo."

  8. "Necesito su ayuda"

  9. "No cabe duda de que se ganó esto y se lo merece."

  10. "Felicitaciones"

  

No cabe la menor duda de que trabajar arduamente para ser un buen gerente conlleva a tratar muy bien a las personas y hacerlas sentir importantes dentro de la organizacion.

 

 Tomado del libro: Como llegar a ser gerente de jeffrey J. Fox

SEMANA SANTA... vacaciones, licencias, transporte, días hábiles...¿como se pagan?



SEMANA SANTA: vacaciones, licencias, transporte, días Hábiles, ¿Cómo se pagan?
 
 
 
Articulo tomado de: actualicese.com

 La próxima semana se tendrá el puente festivo más largo del año, para la mayoría para descansar y pasear, para otros para rezar. Pero siempre se generan confusiones sobre el pago de salarios, licencias, vacaciones, etc., durante los días de la Semana Mayor.

Semana Santa 2013, son tres los días festivos, 2 o 3 hábiles y otro de descanso obligatorio remunerado, Este año, la próxima semana tendrá tres días festivos. El lunes 25, jueves 28 y el viernes 29 de marzo de 2013.

Mientras que el domingo es considerado día de descanso tradicionalmente, salvo que empleador y trabajador hayan pactado otro día, como el “séptimo de descanso obligatorio”.

De tal manera que la próxima semana los días hábiles serán martes, miércoles y sábado. Este último si habitualmente es día de labores, de lo contrario, será considerado como día de descanso remunerado junto con el 7 día de la semana.

 
Labores el jueves y viernes de la Semana Santa

Así el trabajador labora habitualmente los jueves y viernes, si lo hace el jueves y viernes de Semana Santa, cualquiera que sea la actividad, se debe pagar con el recargo de labor en dominical; pues son días festivos por disposición de la Ley.

Si por el contrario no se trabaja en esos dos días, la empresa no los puede descontar del salario, pues se remuneran como si fueran días de descanso remunerado.

Ley 51 de 1983 “Artículo 2º. La remuneración correspondiente al descanso en los días festivos se liquidará como para el descanso dominical, pero sin que haya lugar a descuento alguno por falta al trabajo.”. –Ley Emiliani

 Nota: El lunes 25 de marzo de 2013 es día festivo como cualquier otro y por ende, no se puede descontar por no laborar y por el contrario, se tendrá que pagar con recargos, si debe laborarlo.

 
Sábado 30 de marzo de 2013 es un día común o hábil

Si bien se le llama tradicionalmente “Sábado Santo”, dicho día, es un día laboralmente ordinario, de tal manera que su labor en dicho día, no tiene recargo alguno.

Pero si el trabajador labora habitualmente el sábado, será potestativo de la empresa determinar si dicho sábado, le concede permiso al trabajador y por ende, se deberá acordar si se concede como licencia remunerada o no remunerada.

 
Labores los días martes y miércoles en Semana Santa

Tradicionalmente también los llaman “santos”, pero en la legislación laboral no tienen el carácter de festivos, de tal manera que se debe laborar normalmente y su remuneración es normal, sin ningún tipo de recargo.

Si el empleador decide que se descansen, para “hacer más largo el fin de semana”, se deberá pactar con el trabajador si son bajo licencia remunerada o no remunerada.

Nota: Si se hacen bajo licencia no remunerada, lo debe reportar en la siguiente PILA y así por esos días, no se paga ni riesgos laborales, ni parafiscales, pero la seguridad social, siempre se pagará completa.

 
Vacaciones en Semana Santa: podrían ser de 21 a 24 días calendario

Si las vacaciones son durante los próximos días y en medio de ellas, está la semana con el festivo más largo del año, podrían ser vacaciones entre 21 a 24 días calendario.

Veamos dos ejemplos:

Las vacaciones inician hoy, martes 19 de marzo de 2013 (el trabajador no labora los sábados), significaría que terminan el 11 de abril, reincorporándose el 12 de abril a trabajar, para un total de 24 días calendario.

Si las inicia hoy, (pero si se labora los sábados), las termina el 8 de abril y se reincorpora el 9 de abril, para un total de 21 días.

Nota: El sábado se contabiliza cómo día hábil para las vacaciones, si se labora habitualmente, de lo contrario, los 15 días hábiles irían de lunes a viernes.

 
Auxilio de transporte durante Semana Santa, ¿cuándo se puede dejar de pagar?

Ley 15 de 1959, Art. 2º: “… Parágrafo: El valor del subsidio que se paga por auxilio de transporte… …se pagará exclusivamente por los días trabajados”.

Como se observa, el Auxilio de Transporte tiene una única finalidad: colaborarle al trabajador con parte de los gastos de desplazamiento de su casa al sitio de trabajo y viceversa, y si no va a laborar por cualquier motivo no se paga.

De tal manera que la empresa podría pagar el auxilio de transporte, proporcional por los días laborados en Semana Santa y si decide conceder licencia (remunerada o no), por el martes, miércoles y sábado que son hábiles, podría descontarse dicho concepto.

Nota: Es igual, por los días de incapacidades, vacaciones o licencias.
 

Prestaciones sociales en semana santa

Los días festivos Semana Santa o Semana Mayor, deben ser tenidos en cuenta para calcular prestaciones sociales, pues son festivos por disposición de la Ley 51 de 1983.

Ahora, si la empresa decide dar licencia para los días martes, miércoles y sábado, que son hábiles, se deberá determinar si es en calidad de Licencia Remunerada o No Remunerada, pues en el último caso, si pueden esos días en particular, se excluidos de las prestaciones sociales.

 
Seguridad social durante Semana Santa o Mayor

Si la empresa decide conceder licencias no remuneradas durante el martes 26, miércoles 27 y sábado 30 de marzo de 2013, igual, se debe pagar seguridad social completa. Lo único que no se pagará serán parafiscales y riesgos laborales.

 
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lunes, 18 de marzo de 2013

Ineficacia de despido o renuncia justificada cuando no se paga seguridad social.


 Articulo tomado de: actualicese.com
 

El parágrafo primero del art. 65 del C.S.T. se ha prestado para diversas interpretaciones, por eso es importante dar luces sobre el particular y así evitar reclamaciones fundadas o infundadas, pues una cosa es pagar pero no informar y otra es no pagar la seguridad social. La primera es un error excusable, la segunda, puede conllevar a la ineficacia del despido.
 
Veamos primero, el Parágrafo Primero del artículo 65 del C.S.T.
Código Sustantivo del Trabajo
Art. 65. Indemnización por Falta de Pago. (Modificado Ley 789 de 2002)
1. Si a la terminación del contrato, el {empleador} no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo.
Parágrafo 1º. Para proceder a la terminación del contrato de trabajo establecido en el artículo 64 del C.S.T., el empleador le deberá informar por escrito al trabajador, a la última dirección registrada, dentro de los (60) días siguientes a la terminación del contrato, el estado de pago de las cotizaciones de Seguridad Social y parafiscalidad sobre los salarios de los últimos 3 meses anteriores a la terminación del contrato, adjuntando los comprobantes de pago que los certifiquen. Si el empleador no demuestra el pago de dichas cotizaciones, la terminación del contrato no producirá efecto. Sin embargo, el empleador podrá pagar las cotizaciones durante los (60) días siguientes, con los intereses de mora. […]” (Subrayado nuestro).
 
Costumbres, tecnología y derecho cambiante
Si bien muchas normas datan de años pretéritos, (en el caso del parágrafo 1º del Art. 65 del C.S.T. desde hace más de 10 años –Ley 789/2002), el Derecho no es inmóvil, así las normas sean escritas en épocas anteriores, su interpretación (siempre sujeta al Precedente Constitucional –Corte Constitucional y seguidamente al de la Corte Suprema de Justicia), se hará conforme a los cambios sociales y tecnológicos.
Por ello, muchas normas que hacen referencia a ciertas imposiciones, pueden suplirse por los medios digitales modernos (Internet).
 
Ineficacia por no informar el pago o por no pagar seguridad social, ¿hasta dónde es aplicable?
Si bien la norma antes transcrita señala el deber del empleador que da por terminado el contrato sin justa causa, de informar al final del contrato o incluso dentro de los 60 días siguientes a dicha terminación, sobre el pago a la seguridad social en los últimos tres meses. Dicha condición, por no ser cumplida, no conlleva a que un Juez Laboral decrete la ineficacia de una terminación de contrato.
Pues según la interpretación literal, si el contrato termina sin justa causa el 30 de marzo, el empleador tendría hasta el 30 de junio para enviarle por correo una carta al trabajador, certificándole que pagó la seguridad social de enero, febrero y marzo y sus constancias de pago.
Ojo, el hecho de no notificar dichos pagos pero están pagos, no conlleva a la declaratoria de ineficacia de la terminación del contrato de trabajo, como más adelante explicamos, según el Principio de Buena Fe.
Caso contrario es cuando el contrato termina sin justa causa (art. 64 C.S.T.), pero el empleador no pagó la seguridad social de los últimos tres meses, ni siquiera en el periodo de gracia que es durante los 3 meses siguientes a la terminación. Pues en ese caso, sí estaríamos frente a la ineficacia del despido, con todo lo que ello conlleva (reintegro, pago de salarios y prestaciones dejados de percibir, etc.).
Lo irónico de la norma es que si el despido si es con justa causa o por vencimiento del término, pero no se pagó la seguridad social, ni siquiera posteriormente a la terminación del contrato, aquí no aplicaría la ineficacia, sino simplemente la persecución judicial para que se ordene el pago de lo atrasado, sus intereses moratorios, el pago de los perjuicios causados por no estar afiliado a seguridad social, etc., pero no habría reintegro, pues la terminación no puede ser declarada ineficaz, pues el Parágrafo 1º del Art. 65 del C.S.T., sólo hace mención a los contratos terminados sin justa causa según el art. 64 y que no se pagó seguridad social.
 
Principio de buena fe, la mala fe debe demostrarse
Por disposición superior (Constitución Política), se presume la Buena Fe de las personas, al igual que así lo contempla el Código Laboral (Art. 55 C.S.T.)
C.N. “Art. 29. […] Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. […]”
C.S.T. “Art. 55. EJECUCION DE BUENA FE. El contrato de trabajo, como todos los contratos, deben ejecutarse de buena fe y, por consiguiente, obliga no sólo a lo que en él se expresa sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la relación jurídica o que por la ley pertenecen a ella”.
De tal manera que si un empleador da por terminado sin justa causa un contrato de trabajo, pero está al día con la seguridad social, simplemente omitió dar al trabajador copia de los últimos tres pagos de seguridad social, no se considera ineficaz por ese sólo hecho, menos aun automáticamente dicha ineficacia. (Otra cosa es el pago es el deber de pagar indemnización por terminación injustificada si es por parte del empleador).
Pues además, el trabajador cuenta con medios tecnológicos como la consulta a Fosyga de manera gratis y libre y enterarse si le pagaron o no su seguridad social.
 
Una recomendación
Si bien el parágrafo 1º del art. 65 del C.S.T. señala que debe informarse al trabajador que se le termina el contrato sin justa causa, sobre el pago de seguridad social de los últimos tres meses o el tiempo laborado si fue menor, debe quedar claro que no hacer dicha notificación, nunca conllevará a una declaratoria de ineficacia de la terminación, pues si se pagó, simplemente no se le informó al trabajador.
De todos modos para evitarse reclamos infundados del ex trabajador, simplemente hágalo, cuando le haga entrega de la carta de la terminación (con o sin justa causa) y la entrega liquidación final, también entréguele una fotocopia de la PILA de los últimos tres periodos y listo.

domingo, 17 de marzo de 2013

Para Pensar......

 

DIEZ EXPRESIONES QUE HACEN SENTIR BIEN A LA GENTE

 
 

Las personas que se sienten a gusto consigo mismas y con su trabajo hacen aportes notables a la empresa. Si trabajan para usted, con usted o cerca de usted, lo impulsarán con su ímpetu. decir cosas agradables hace sentir bien a la gente. pero debe ser absolutamente sincero. practique y recuerde lo siguiente:

 

  1. "Por favor"

  2. "Gracias"

  3. "Presentar a alguien por su nombre completo a un superior."

  4. "Este trabajo estuvo magnífico"

  5. "Aprecio  mucho su esfuerzo."

  6. "De usted solamente escucho cosas buenas"

  7. "Me alegro de tenerlo(a) en el equipo de trabajo."

  8. "Necesito su ayuda"

  9. "No cabe duda de que se ganó esto y se lo merece."

  10. "Felicitaciones"

  

No cabe la menor duda de que trabajar arduamente para ser un buen gerente conlleva a tratar muy bien a las personas y hacerlas sentir importantes dentro de la organización.

 

 Tomado del libro: Como llegar a ser gerente de jeffrey J. Fox

viernes, 15 de marzo de 2013

Entrevista Heineken: Muy Original



Una interesante entrevista que coloca en evidencia las verdaderas competencias de las personas con los equipos de trabajo…. muy original….!!
 
 

jueves, 14 de marzo de 2013

¿SOMOS COMPAÑEROS TÓXICOS...?

En ocasiones enfrentar la jornada laboral puede ser todo un caos, y mas aún, cuando se tienen compañeros de trabajo que son Tóxicos o que no ayudan en nada a que se genere un buen ambiente laboral; el diario La Expansión, publica un articulo interesante en donde hacen referencia a las personas que pueden generar un ambiente tóxico en las organizaciones, dando como solución el reconocimiento de estas y la neutralización de sus efectos nocivos.

 
 
Aqui una breve descripcion de los que segun el articulo, son los mas molestos;
 
 

El Criticón

Le encanta comentar los defectos de los demás y sacarlos a relucir. necesita desprestigiar para camuflar su falta de seguridad. el único objetivo es ofender. personaliza la crítica:"lo has hecho mal", pero no entra en las causas.
 
Para minimizar su efecto no te pongas a la defensiva, ni entres en su juego. acéptale sólo la crítica justificada, pero no la parte exagerada o fuera de contexto. sé asertivo y lánzale preguntas del tipo ¿a que te refieres en concreto cuando...?, ¿cual es la finalidad de tu comentario...?
 
 

El Impulsivo

Es incapaz de manifestar lo que siente si no vocifera o golpea la mesa. demuestra inmadurez y pérdida de control. es como un niño que cree que con pataletas se consiguen las cosas.
 
Ante un compañero así, no te tomes las rabietas como un ataque personal. espera a que se le pase y se calme antes de hablar con él. sobre todo usa gestos y un tono de voz que demuestre tranquilidad, comprensión y empatía.
 
 

El Negativo

Solo ve problemas a su alrededor. encuentra amenazas a todas las propuestas y soluciones y todo le parece "imposible". utiliza frases como "creo que esta mal.." o "ya te lo avisé...". en su afán quejica incluso exagera la realidad.
 
Para controlarte déjale hablar y escucha sus objeciones para que se desfogue. después trata de que te demuestre lo que dice con pruebas empíricas.
 
 
 

El Manipulador

Este personaje es altamente peligroso. utiliza medidas verdadedras para su propio beneficio. para él las personas son sólo un medio para conseguir sus objetivos. si es necesario crea malentendidos y no tiene ningún respeto por la verdad.
 
Para neutralizar a un manipulador lo más recomendable es comprobar discretamente la veracidad de lo que dice. responder siempre a sus engaños y dejarle evidencia con sus mentiras. es fundamental transmitir firmeza y asertividad.
 
 
 

El Dictador

Le gusta intímidar y mostrarse arrogante. necesita dominar todo lo que le rodea. es intolerante con la actitud de los demás y no soporta a los que no piensen como él.
 
Para convivir con él hay que ir al grano y estar cargado de hechos. debes tratarle con respeto, pero de igual a igual. nunca te sometas ni muestres conductas de sumisión, por que pensará que eres débil, es clave saber usar con él un tono de voz directo, claro y conciso.

 

El Mentirosillo

Inseguro, desorientado e incapaz de ser sincero por falta de confianza. el mentirosillo ante todo quiere caer bien. el motivo principal de que actúe de esta forma es por que quiere evitar algun problema o no asumir su parte de responsabilidad.
 
No te dejes embaucar por su falsa amistad. se directo y pidele su opinion, véras cómo se viene a menos.
 
 

El Hoja de Calculo

El maniatico del manual que molesta a todo el mundo con su exagerado sentido de las reglas, a la vez que chupa hasta la última gota de energía y diversión a cualquier iniciativa.
 
Trata de reconvertirle ayudándole a exponer ideas descabelladas y a disfrutar de la improvisación.
 
 

El "Oveja"

Bienvenidos a la amplia mayoría. el Oveja es el más exasperante e irreductible. es el defensor de las ideas comunes. no es que sea incapaz de pensar por sí mismo, secillamente es que no lo hace por que no quiere. le resulta más cómodo seguir el sendero marcado por la mayoría.
 
Su manejo es difícil. tendras mas oportunidades si tratas con él de forma individual. además, si ganas a una oveja para tu causa, puede que te dé una alegría y atraiga a muchas mas.


Tomado de:
www.expansion.com/2013/02/19/emprededores-empleos/


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martes, 5 de marzo de 2013

HAZ AL RECLUTADOR LAS 5 PREGUNTAS DE ORO

Articulo tomado de (CNNExpansión) 
Por: Ivonne Vargas

Haz al reclutador las 5 preguntas de oro

Hay errores que pueden cometerse en una entrevista, y uno de ellos es no indagar; en la cita con el entrevistador puedes enterarte de varios aspectos que te ayudarán a decidir mejor.

 
En una entrevista de trabajo se pueden cometer varios errores como ser impuntual, desconocer a la empresa o excederse en información. Los candidatos, en general, desconocen cuál de todas esas malas conductas pesa más al momento de decidir si la persona continua o no en el proceso de reclutamiento, advierten especialistas.

Si te preguntaran ¿cuál de los siguientes aspectos es imperdonable para el entrevistador? ¿qué elegirías?

1. Mala apariencia física.
2. Poner énfasis en el salario.
3. Fallar en mirar al reclutador mientras entrevista.
4. No hacer preguntas cuando lo solicitan.
5. Llegar tarde al encuentro.

La respuesta es la número cuatro. De acuerdo con una encuesta aplicada a 150 reclutadores en Estados Unidos, por el autor del libro 301 Best Questions To Ask on Your Interview (Las 301 mejores preguntas que hacer en tu entrevista), John Kador, las personas que no preguntan generan desconfianza.

Es cierto que no sólo las preguntas efectivas garantizan un trabajo, pero sí marcan la diferencia entre uno y otro candidato, porque denotan interés y preparación por parte del empleado, señala la psicóloga con experiencia en reclutamiento laboral, Elsa Noriega.

"Aunque el trabajo sea escaso, sorprende ver que la gente descuida sus entrevistas y cuando le dices la famosa frase: ¿tiene alguna pregunta?, contestan: ‘ninguna, todo está claro, las dudas surgen al estar en el puesto'. O, peor, preguntan cuál es el giro de la compañía o sobre horarios y salarios", ejemplifica Noriega.
La psicóloga relata que en algunos casos las personas garantizan experiencia en la industria y conocimiento del puesto, pero desaprovechan su oportunidad de brillar con cuestionamientos ‘triviales', como ¿cuál es el sueldo estimado para la vacante?

Lo que ayuda a destacar es enfocarse en preguntas que resalten habilidades, demuestren comprensión de los retos del empleador, responsabilidad, confianza y proactividad, cita Andrew Sobel, autor del libro Power Questions: Build Relationships, Win New Business, Influence Others (Preguntas poderosas: Construir relaciones, Ganar nuevos negocios e Influir en otros).

"Las preguntas bien trabajadas son la mejor forma de evidenciar conocimiento de la organización y que tu presencia ayudará a cumplir una necesidad", afirma Elsa Noriega. Estos cinco cuestionamientos permiten obtener más datos sobre las expectativas que se tienen del candidato y la cultura en ese lugar de trabajo, de acuerdo con la psicóloga laboral y la obra de Sobel.

Toma nota:

1. ¿Cuáles son los retos inmediatos de este puesto, qué es lo más importante a cubrir en los primeros tres meses de trabajo?
¿Qué conseguirás? La respuesta te dará un panorama de cuáles son las prioridades y urgencias a resolver en las primeras semanas laborales. También puede ser un termómetro para medir el ambiente y la forma de organización que prevalece en la empresa, por ejemplo, si acostumbran los ‘bomberazos' o cuentan con un programa de trabajo estructurado, y cuál es la relación entre diversas áreas.  

2. Por la información que conozco de ustedes, sé que tienen en mente cambios (citar un ejemplo). Pregunta: ¿cuáles son las tareas o proyectos con potencial de crecimiento y áreas de oportunidad?
¿Qué conseguirás? En el afán de mostrar interés por los planes del negocio, piensa en una sugerencia o solución que puede adoptar el grupo y represente un valor agregado de tu parte. Lo importante es demostrar que sabes de lo que hablas, pero cuidado en revelar información confidencial o una estrategia completa, ¡aún no estás contratado!

3. Sé que este puesto representa un crecimiento en mi carrera. Pregunta: ¿cuál es el aspecto más gratificante de trabajar aquí?
¿Qué conseguirás? Este planteamiento podría sonar ‘intrusivo', pero ayuda a obtener información sobre el clima laboral, la forma en que concilian el equilibrio trabajo- familia (si es que lo hacen), las compensaciones que se dan a los empleados, entre otros datos. Noriega explica que las empresas "disfrutan" hablar sobre sí mismas y el trabajo que realizan, por eso, preguntas de este tipo permiten un "flash" de cómo será la vida laboral en esa oficina.

4. ¿Quisiera saber sobre sus planes de carrera, manejan este tema con sus empleados?
¿Qué conseguirás? Los datos que el reclutador revele te ayudarán a visualizar tu futuro en ese trabajo, al ser contratado. A nadie le gusta la idea de quedar atrapado (a) en un puesto por años, sin posibilidad de avance. En la entrevista tienes minutos ‘valiosos' para identificar si es un lugar con políticas de crecimiento profesional.
No tengas miedo de ‘soltar' conceptos, como ¿dan alguna capacitación?, ¿apoyan al empleado que desea estudiar?, ¿se puede proponer entrenamientos? Esto genera una imagen de proactividad de tu parte. "Muchas personas se quejan de nunca recibir entrenamiento, pero eso es algo que puede detectarse desde el primer acercamiento con el reclutador, no debería ser una sorpresa más adelante", expresa Noriega.

5. ¿De qué manera se evalúa el desempeño de los empleados?
¿Qué conseguirás? Esta pregunta no se reduce a entender ¿por qué me premiarán o descalificarán como empleado?, tiene otro ‘trasfondo', y eso es conocer cuáles criterios utiliza la organización, por ejemplo, para un esquema de compensaciones y desarrollo profesional.
También ayuda a identificar qué parte de esa calificación dependerá sólo de ti y cuánto de tu labor con otras áreas. Actualmente, algunas empresas promueven el concepto de "empleados de alto rendimiento", que consiste en dar un rendimiento superior en tus funciones. Averigua ese tipo de aspectos: ¿cómo califica esa organización el máximo potencial?, ¿qué papel jugará en tu evaluación el que seas proactivo para promover sus valores?
 
Sobel señala que no es necesario esperar al final de la entrevista para ‘lanzar' estas preguntas. Estos indicadores se pueden comentar a lo largo de la charla, en especial si están relacionados con alguna información que exponga el reclutador.



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